La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria dictó sentencia de 3 de octubre de 2018 en la cual ratificó la de un Juzgado de lo Social desestimatoria de una demanda contra la empresa, una mutua de accidentes y la Seguridad Social en reclamación de Incapacidad Permanente derivada de accidente de trabajo.
El trabajador había sido previamente calificado como “incapacitado permanente en grado total” por el Equipo de Valoración de Incapacidades, en informe que fue elevado a definitivo por el propio INSS.
Frente a dicho documento, la mutua aportó un informe de Investigación Privada acompañado de un DVD que mostraba al trabajador deambulando con normalidad, sin que se apreciaran signos externos de dolor o de limitaciones funcionales.
En base al contenido del DVD y en contra del informe del INSS, el Magistrado concluyó que “no existe afectación artrósica”. Al respecto, el TSJ señala: “La explicación es escueta pero no por ello menos expresiva de la convicción que en el Magistrado ha producido ver la grabación. En concreto, respecto a la posibilidad de andar perfectamente por el campo”
En el mismo sentido, en el fundamento Cuarto señala que “Las mismas razones expuestas en el motivo anterior llevan a la desestimación de la tercera de las revisiones propuestas. Oficial o no oficial el informe alegado no puede contradecir la conclusión obtenida de la valoración de la prueba videográfica concluyente respecto de una buena evolución de la condropatía.” y más delante que “el actor (…) deambula perfectamente por el campo salvo cuando se ve en la necesidad de simular, tal como se expresa en la fundamentación jurídica con valor de hecho probado.”
La simulación es una práctica frecuente en situaciones de Incapacidad Temporal, en demandas de Incapacidades o, sencillamente, en materia de daños personales. Frente a la misma, sólo un informe de Investigación Privada que documente las actividades desarrolladas por el reclamante puede servir para oponerse a demandas espurias.
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