Pruebas, responsabilidad del abogado y detectives privados.

El pasado 28 de febrero, DiarioJurídico.com publicaba un interesante artículo de Miquel Fortuny, socio director de Fortuny Legal, La aportación de pruebas al proceso: ¿corre riesgos el abogado?.

El artículo señala la posible responsabilidad del abogado cuando, a sabiendas o por falta de la debida diligencia,  aporte al proceso pruebas falsificadas por su cliente. El planteamiento es impecable, tanto por su desarrollo como por su originalidad. Hasta ahora, la mayoría de los artículos en esta materia se habían centrado en la figura de la mala fe procesal (al respecto, hay un excelente artículo de Carlos Gómez en NoticiasJurídicas.com).

No obstante, cabe una tercera aproximación: la posible responsabilidad por no asegurar la prueba aportada por su cliente. Es posible dudar de la autenticidad de una prueba desde el mismo momento en que ésta es aportada por la propia parte que pretende hacerla valer. Por lo tanto, pruebas válidas y veraces pueden verse minusvaloradas. La declaración de testigos podría ser un buen ejemplo. O, sencillamente, por no “obtener” y aportar aquellas pruebas posibles que amparan la pretensión lícita del cliente (o, mejor, por no aconsejar al cliente sobre la necesidad o idoneidad de ampliar y/o afianzar la prueba).

La colaboración Abogado-Detective a favor del cliente suele ser la respuesta más efectiva a las 3 cuestiones. El Detective Privado obtiene y aporta las pruebas necesarias (art. 19 Ley 23/1992 de Seguridad Privada y 101 del Reglamento de Seguridad Privada) en su informe, de forma conjunta, estructurada y relacionada, y con valor probatorio contemplado en la propia LEC  (arts. 265.1.5 y 380) y en la jurisprudencia. Además, evita al abogado tener que verificar los documentos y declaraciones que le entrega o propone su cliente, así como tener que relacionar elementos heterogéneos para lograr su eficacia probatoria. En conclusión, permite al abogado centrarse en la defensa legal.

En resumen: litigation support.