La sección 15 de la Audiencia Provincial de Barcelona dictó el 6 de junio de 2018 una sentencia confirmando la caducidad de la marca “Aftersun”, por haber pasado a ser una designación usual para productos de uso después de tomar el sol (vulgarización de la marca). La demanda originaria fue interpuesta por L’Oreal contra la titular registral de la marca, que fue condenada en las costas.
Entre otras pruebas aportadas, la sentencia estima relevante como medio de prueba el informe realizado por el detective privado JM por encargo de L’OREAL. El detective se personó en diferentes establecimientos especializados en perfumería así como en grandes superficies (Bodybell, Juteco, Douglas, Carrefour y El Corte Inglés), solicitando el producto “after sun”. En todos los casos los dependientes ofrecían una amplia gama de productos de distintas marcas, esto es, los dependientes no identificaban el signo con la marca de LABORATORIOS GENESSE sino con un tipo de producto con distintas marcas y comercializados por distintos fabricantes.
Los servicios de Investigación Privada son una ayuda habitual en demandas en materia marcaria. En ocasiones acreditan el uso ilícito de una marca por terceros (infracción). En otras evidencian el no-uso de la marca por su titular (caducidad). También permiten, como en este caso, demostrar prácticas habituales de comerciantes y consumidores y su percepción respecto de la función identificadora de una marca. Y, por descontado, pueden aportar información y pruebas sobre el responsable de una infracción en el uso de marcas.
En GRUPO HAS colaboramos habitualmente con empresas y despachos legales y de propiedad industrial en litigios en materia marcaria.
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