Compliance: Recomendaciones de la UE

La Comisión Europea publicó en julio la Recomendación 2019/1318 relativa a programas internos de cumplimiento en el comercio de productos de doble uso. Aunque se trata de una recomendación no vinculante y que se dirige a empresas que comercialicen este tipo de productos, es un documento que aporta criterios válidos para la elaboración de programas de compliance en cualquier empresa.

La Recomendación trata 7 puntos principales:

  1. Compromiso de cumplimiento por parte de los altos cargos de la empresa
  2. Estructura organizativa, responsabilidades y recursos
  3. Formación y concienciación
  4. Procedimientos y procesos de control de las transacciones
  5. Revisión del rendimiento, auditorías, presentación de informes y medidas correctivas
  6. Registro y documentación
  7. Seguridad física y de la información

Su redacción es eminentemente práctica, desarrollando para cada punto dos apartados: ¿Qué podemos esperar? y ¿Qué pasos hay que seguir?

La Recomendación hace especial hincapié en los siguientes aspectos:

  1. La implicación de la dirección en el cumplimiento normativo (muy gráficamente, el texto indica que la dirección debe “dar ejemplo”).
  2. La idoneidad, formación, suficiencia y garantía de no conflicto de intereses por parte del personal.
  3. La indemnidad del denunciante respecto de aquellas comunicaciones de incidencias que pudieran cursar a través de canales internos de denuncia.
  4. La verificación de la identidad y credenciales de clientes.
  5. El aseguramiento de la información por medio de medidas de seguridad lógicas (software) y físicas.

HAS presta servicios de soporte en programas de cumplimiento normativo incluyendo la verificación de trabajadores y directivos, clientes, proveedores, socios y financiadores, así como de investigación de incidencias y denuncias.

No se conforme con menos, pudiendo tener HAS.