Un informe de Investigación Privada contradice eficazmente informes médicos

El 28 de mayo de 2020, la Sala de lo Penal el Tribunal Supremo dictó su sentencia 259/2020, que  casa una de la Audiencia Provincial de Alicante, de 18 de junio de 2018, en materia de administración desleal y falsedad en documento mercantil.

No entraremos en el análisis completo de la sentencia. Pese a los delitos invocados, los hechos no encierran otra cosa que otro sórdido caso de divorcio con patrimonio común a nombre de sociedades, también comunes y co-administradas en régimen de solidaridad. Dicen que el amor es ciego, pero parece que en ocasiones el matrimonio devuelve la vista y despierta la codicia.

Por contra, nos hemos fijado en esta sentencia desde el punto de vista del estudio de la prueba mediante informes de investigación privada (art. 265.1.5 LEC).

Uno de los acusados alegó demencia posterior a los hechos y solicitó el archivo en base al art. 383 LECrim. Aportó, además, 2 informes médicos certificando tal situación. La acusación particular aportó, en contra, un informe de investigación privada que reportaba y documentaba las actividades diarias del sujeto. En base al mismo, la Audiencia consideró que no concurría una situación de demencia en el acusado. Al respecto, el TS valida la decisión de la AP:

La capacidad para ser motivado por el mensaje imperativo de la norma penal, a la vista del diagnóstico consignado y la actividad ordinaria y cotidiana que venía desplegando el acusado deducida del informe de detectives, ha de considerarse subsistente en términos bastantes a los fines de prosecución del proceso.

No son los facultativos los llamados a decidir qué presupuestos exige el art. 383 LECrim. La Sala, con fundamento, no dudó sobre la capacidad de autodefensa, que, de hecho, el acusado ha ejercido, aunque sea a través de un estratégico y legítimo silencio. (FD Primero, in fine).

La decisión no es novedosa, pero contribuye a consolidar una doctrina cada vez más asentada que postula huir del formalismo documental y buscar la verdad material. Nadie documenta sus delitos. Y, para descubrir la verdad material, nada mejor que la investigación privada.

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