La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha impuesto una sanción de 2.000 EUR a una empresa, por no informar de sus derechos a los participantes en un proceso de selección de personal.
La empresa sancionada publicó una oferta de empleo en varios portales en Internet. Los candidatos debían remitir su currículo por WhatsApp, a un teléfono publicado en el propio anuncio. Uno de los postulantes formuló denuncia en la AEPD. Tras la instrucción del expediente, la Agencia resolvió que la empresa había incumplido el art. 13 del Reglamento EU 2016/RGPD al no haber informado al candidato de sus derechos. Al no existir infracciones previas de la empresa, ni haber obtenido lucro, ni ser una gran empresa, la Agencia redujo la sanción a 2000 EUR.
Lo interesante de la resolución es que la Agencia se pronuncia sobre la información a transmitir a los candidatos en todo proceso de selección de personal. Sucintamente, toda empresa debe informa de:
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- La identidad y datos de contacto del responsable del tratamiento (la propia empresa) y/o su representante.
- Los datos de contacto del Delegado de Protección de Datos, si lo hubiera.
- Los fines del tratamiento y la base jurídica del mismo.
- Los intereses legítimos del responsable, en su caso.
- Los destinatarios o categorías de destinatarios.
- La intención o no de transferir los datos a terceros países u organizaciones internacionales.
- El plazo (o criterios) durante el cual se conservarán los datos.
- Los derechos que corresponden al interesado, incluyendo el acceso, rectificación, supresión, limitación del tratamiento, oposición y portabilidad.
- La posibilidad de retirar el consentimiento.
- La posibilidad de presentar una reclamación ante la Agencia u otra autoridad de control.
- Si la información será utilizada para elaborar perfiles, decisiones automatizadas y las consecuencias de no facilitar los datos solicitados.
La empresa puede optar por proporcionar la identidad del responsable (y su representante, en su caso), la finalidad del tratamiento y la posibilidad de ejercer los derechos establecidos en los artículos 15 a 22 del RGPD, y facilitar una dirección electrónica donde conste la información restante. Lo más sencillo es hacerlo en el momento de publicar la oferta.
HAS colabora con las empresas en la verificación de candidatos en procesos de selección de personal. Lo llevamos haciendo desde hace más de 40 años. Siempre de forma legal, ética y efectiva. Para ello, proporcionamos a nuestros clientes la información necesaria y revisamos sus procedimientos, para evitarle inconvenientes como el tratado en este artículo.
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