La Comisión Europea publicó en julio la Recomendación 2019/1318 relativa a programas internos de cumplimiento en el comercio de productos de doble uso. Aunque se trata de una recomendación no vinculante y que se dirige a empresas que comercialicen este tipo de productos, es un documento que aporta criterios válidos para la elaboración de programas de compliance en cualquier empresa.
La Recomendación trata 7 puntos principales:
- Compromiso de cumplimiento por parte de los altos cargos de la empresa
- Estructura organizativa, responsabilidades y recursos
- Formación y concienciación
- Procedimientos y procesos de control de las transacciones
- Revisión del rendimiento, auditorías, presentación de informes y medidas correctivas
- Registro y documentación
- Seguridad física y de la información
Su redacción es eminentemente práctica, desarrollando para cada punto dos apartados: ¿Qué podemos esperar? y ¿Qué pasos hay que seguir?
La Recomendación hace especial hincapié en los siguientes aspectos:
- La implicación de la dirección en el cumplimiento normativo (muy gráficamente, el texto indica que la dirección debe “dar ejemplo”).
- La idoneidad, formación, suficiencia y garantía de no conflicto de intereses por parte del personal.
- La indemnidad del denunciante respecto de aquellas comunicaciones de incidencias que pudieran cursar a través de canales internos de denuncia.
- La verificación de la identidad y credenciales de clientes.
- El aseguramiento de la información por medio de medidas de seguridad lógicas (software) y físicas.
HAS presta servicios de soporte en programas de cumplimiento normativo incluyendo la verificación de trabajadores y directivos, clientes, proveedores, socios y financiadores, así como de investigación de incidencias y denuncias.
No se conforme con menos, pudiendo tener HAS.