Sin investigación de alertas no hay Compliance

El Departamento de Justicia (DOJ) y la Comisión del Mercado de Valores (SEC) de EEUU han publicado una nueva versión de la Guía de Aplicación de la FCPA (Ley Contra la Corrupción en los Negocios).

La Guía (de 87 páginas más anexos) es un recurso para entender y aplicar la FCPA. Uno de los aspectos tratados son los criterios en base a los cuales el DOJ y la SEC deciden iniciar acciones contra las empresas en casos de infracción.

En 2 de los 3 ejemplos explicados en la guía, el DOJ declinó actuar contra la empresa en base a, entre otros motivos y en unión a haber denunciado los hechos, “la investigación exhaustiva realizada por la empresa”.

También, al indicar los criterios empleados por la SEC para evaluar la idoneidad de un programa de compliance como eximente de responsabilidad empresarial, incluye un epígrafe bajo el título de “Denuncia Confidencial e Investigación Interna” que hace hincapié en 2 aspectos:

    1. La imprescindible existencia de un canal confidencial de denuncias que permita a cualquier empleado denunciar conductas inapropiadas o violaciones de las políticas empresariales “sin temor a sufrir represalias”.
    2. Junto a lo anterior, y una vez que se realiza una denuncia, las empresas deben contar con un proceso eficiente, confiable y adecuadamente financiado para investigar la denuncia y documentar la respuesta de la empresa, incluidas las medidas disciplinarias o correctivas adoptadas.

Más adelante y bajo el título de “Investigación, Análisis y Corrección de Infracciones”, la Guía indica que:

La medida más reveladora de un programa de cumplimiento efectivo es cómo responde a una infracción. En consecuencia, para que un programa de cumplimiento sea realmente efectivo, debe tener un mecanismo confiable y adecuadamente financiado para las realizar las investigaciones oportunas y exhaustivas respecto de cualquier denuncia o sospecha de mala conducta por parte de la empresa, sus empleados o agentes. Un procedimiento de investigación efectivo también exige un medio establecido para documentar la respuesta de la empresa, incluidas las medidas disciplinarias o correctivas adoptadas

La Guía no es una fuente legal en España (aunque puede serlo en algunos casos) pero sí puede inspirar decisiones de las autoridades en nuestro país. Por ello, no está de más tenerla presente a la hora de diseñar e implementar un programa de Compliance y su correspondiente protocolo de investigaciones internas.

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